Conoce la diferencia entre cierre contable y cierre fiscal

Conoce los beneficios que puedes obtener al generar estos procesos en tiempo y forma.
Cierre contable periodo 2022: consejos para realizar este proceso en tiempo y forma.

El cierre contable es el proceso que consiste en cancelar las cuentas de resultados y trasladar dichas cifras a las cuentas de balance.
SAT dio a conocer prórroga para la factura 4.0 hasta marzo 2023

Conoce los cambios que tendrá la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022
Diferencias entre una persona física y una persona moral

Según el Código Fiscal de la Federación existen dos tipos de personas, las personas físicas y las personas morales. ¿Sabes en que se diferencian?
¡Cuidado! El SAT podría ponerte multas si fallas en los siguientes puntos

Conoce los beneficios que puedes obtener al generar estos procesos en tiempo y forma.
Cuando acudir a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)

Organismo público que ayuda a cualquier pagador de impuestos que se sienta afectado por algún acto de autoridades fiscales, como la negativa de devolución de impuestos algún cobro o adeudo fiscal, multas, embargo o requerimientos en materia de ISR o IVA.
Cómo saber si le debo al SAT

Recuerda estar al día con las obligaciones del SAT que tenemos como contribuyentes, en caso de no cumplir, serás merecedor de alguna sanción.
Retenciones de ISR para personas físicas que tributan con RESICO

Conoce los cambios que tendrá la factura electrónica a partir del 1 de enero de 2022
Principales obligaciones fiscales de una Asociación Civil (A.C.)

Entérate cuales son las obligaciones fiscales de una asociación civil y conoce de que manera puedes cumplir con los requerimientos de las autoridades.
Saldo a cargo SAT ¿Qué hacer si tienes saldo en contra en tu declaración anual?

Abril es el mes donde las personas físicas debemos presentar nuestra declaración anual correspondiente del ejercicio fiscal 2021 ante el SAT, en cual puedes presentar un SALDO a FAVOR como un SALDO en CONTRA, donde la primera opción el fisco tiene la obligación de regresar el monto obtenido.