¿Por qué elegir un régimen de las Personas morales?

Es obligación de las Personas Morales; al igual que las personas físicas, constituirse en un régimen tributario y pagar los impuestos que le corresponden.

«Una persona moral, es la unión de diversos tipos de personas que tienen como fin común, un bien social.»

Al momento de finalizar la constitución de la sociedad; es necesario darse de alta en el RFC (Registro Federal de Contribuyentes) y de acuerdo con su actividad social; puede tributar en los siguientes regímenes:

Cada uno de estos regímenes fiscales tiene diferentes obligaciones; los cuales te mencionaremos algunos y te ayudaremos a aclarar tus dudas referentes a las personas morales.

Características y obligaciones de las personas morales

Régimen General

Las personas que pueden aplicar en el régimen general son aquellas que tienen sociedades con fines lucrativos, por ejemplo; Sociedades mercantiles (Sociedades anónimas, Sociedades de responsabilidad limitada, entre otras…), Sociedades civiles; Almacenes generales de depósito, Arrendadoras financieras, Instituciones de crédito; seguros y fianzas (Bancos y casa de bolsa) y organismos que tienen facultades autónomas (Organismos descentralizados) que comercialicen bienes o servicios; y fideicomisos con actividades empresariales entre otras…

Las Obligaciones Fiscales para este régimen son las siguientes:

Existen las obligaciones informativas que esas se presentaran en el mes de febrero, pero no todas las personas están obligadas a llevarlas.

Régimen de personas morales con fines no lucrativos.

Este tipo de personas son aquellas que no buscan alguna ganancia económica con las actividades que realiza, por ejemplo: sociedades de inversión, administradoras de fondos para el retiro, sindicatos; cámaras de comercio e industria, colegios profesionales, instituciones de asistencia o beneficencia; asociaciones civiles sin fines de lucro.

Para objeto fiscal, este régimen está previsto en el título III de la LISR y quienes se ubican aquí, no son sujetos de este impuesto, salvo algunas excepciones.

Las obligaciones fiscales para este régimen, son las siguientes:

– ISR Impuesto gravados:

– ISR Impuesto retenido:

– IVA impuesto al valor agregado (solo en algunos casos).

Recuerda llevar a cabo en tiempo y forma tu declaración anual para personas morales

¿Cuándo se presenta?

En los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente que declaras.

Vencimiento de obligación

31 de marzo 2021

¿Cómo se presenta la declaración anual?

Las personas morales lo podrán hacer de la siguiente manera:

  1. Ingresa a la aplicación correspondiente para el envío de tu declaración
  2. Envía tu declaración al SAT
  3. El SAT deberá remitirte un acuse de recibido.
  4. Si la declaración resultante es en ceros o con algún saldo a favor, el proceso termina aquí.
  5. Si tienes un impuesto a cargo tendrás que realizar el pago por transmisión electrónica en el portal de tu banco de preferencia, el cual, te enviará el recibo de pago que te servirá de referencia ante el SAT.